jueves, 16 de abril de 2015

ORGANISMOS QUE GENERAN Y DIFUNDEN INFORMACIÓN GEOGRÁFICA: SNIEG

ORGANISMOS QUE GENERAN Y DIFUNDEN INFORMACIÓN GEOGRÁFICA SNIEG 



*Antecedentes

 
El día 7 de abril del año 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declararon reformados los artículos 26 y 73, fracción XXIX-D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a través del cual se adicionó un apartado B al artículo 26 constitucional, en el que se establece que el Estado Mexicano contará con un Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG) y que la responsabilidad de normar y coordinar dicho Sistema estará a cargo de un organismo con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios. 

Posteriormente, el 16 de abril del año 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual se expide la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG), la cual es reglamentaria del Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es de orden público, de interés social y de observancia general en toda la República y regula:
 
 
Al mismo tiempo establece la autonomía del INEGI con el fin de que sea el responsable de normar y coordinar al Sistema Nacional.



*El Sistema Nacional

 
El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, es el conjunto de Unidades organizadas a través de los Subsistemas, coordinadas por el Instituto y articuladas mediante la Red Nacional de Información, con el propósito de producir y difundir la Información de Interés Nacional.
 



Integrantes del Sistema

 
El Sistema Nacional está integrado por:



Características, principios rectores y objetivos

 
Asimismo, tiene como finalidad suministrar a la sociedad y al Estado información con las siguientes características, principios rectores y objetivos: 
 


Los Subsistemas

 
Para organizar el Sistema Nacional se establecen los siguientes cuatro Subsistemas Nacionales de Información, en donde cada uno de ellos tiene el objetivo de producir, integrar y difundir la Información de Interés Nacional en los temas de su competencia: 
 
 
En caso de ser necesaria la creación de otros Subsistemas, será la Junta de Gobierno del INEGI, previa opinión favorable del Consejo Consultivo Nacional, quien autorizará su formación, debiendo señalar como mínimo su infraestructura de información, los indicadores clave que deberá de producir y las fuentes de donde obtendrá la información básica, con apoyo de las Unidades. Para su organización, cada Subsistema cuenta con un Comité Ejecutivo (CE).

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